En el auto del TSJM, el juez desestima un recurso de reposici?n presentado por la Comunidad de Madrid y las empresas adjudicatarias contra el auto de 11 de septiembre de abril de 2013 por el que la misma Secci?n, a petici?n de la asociaci?n m?dica AFEM, acord? paralizar la ejecuci?n de la citada resoluci?n.
La Secci?n se ha pronunciado as? tras el Pleno de la Sala que acord? devolver a las secciones Tercera y Octava los recursos que tienen por objeto la impugnaci?n de la resoluci?n de 30 de abril de 2013 de la Viceconsejer?a de Asistencia Sanitaria de la Consejer?a de Sanidad de la Comunidad de Madrid.
Por la misma se hizo p?blica la convocatoria para la licitaci?n del contrato de servicios denominado 'Gesti?n por concesi?n del servicio p?blico de la atenci?n sanitaria especializada correspondiente a los Hospitales Universitarios Infanta Sof?a, Infanta Leonor, Infanta Cristina, Del Henares, Del Sureste y del Tajo'.
C?LCULOS "HIPOT?TICOS"
En el auto, los magistrados argumentan que los c?lculos de ahorro de la Comunidad son "meramente estimativos e hipot?ticos que pueden no responder despu?s a la realidad". Y a?ade que los perjuicios si la resoluci?n impugnada se ejecutara y luego anulara "afectar?a tambi?n al inter?s p?blico y a la propia econom?a y Hacienda P?blica de la Comunidad de Madrid".
Asimismo, los magistrados niegan que la decisi?n de suspender el proceso suponga "un desapoderamiento al Gobierno de la Comunidad de Madrid de su competencia para aplicar en su ?mbito territorial su pol?tico sanitaria y de implementar en unos concretos centros hospitalarios un determinado modelo de gesti?n".
SUSPENSI?N A SOLICITUD DE AMYTS
Por otro lado, los magistrados que integran la Secci?n Tercera han declarado tambi?n la suspensi?n del proceso de externalizaci?n sanitaria, en otros dos recursos contenciosos, en esta ocasi?n a solicitud de la asociaci?n m?dica AMYTS.
En los autos, se acuerda acceder a la medida cautelar solicitada por AMYTS y, por tanto, se acuerda la suspensi?n del proceso. Contra estos autos, cabe recurso de reposici?n en el plazo de cinco d?as una vez notificada la resoluci?n.
En uno de los autos, la Sala considera que, "sin verter consideraciones sobre el nuevo modelo", "la modificaci?n del sistema de gesti?n en la atenci?n sanitaria especializada de seis hospitales es de unas dimensiones cuantitativas extraordinarias". En su opini?n, esa circunstancia "har?a muy dif?cil, sino imposible, en caso de que no se accediera a la medida cautelar de suspensi?n, volver a la situaci?n anterior".
ERRORES EN LOS PLIEGOS
Con la decisi?n de la Secci?n Tercera, el tribunal mantiene la medida cautelar que decret? la secci?n tercera de la Sala a ra?z de un recurso presentado por la Asociaci?n de Facultativos Especialistas de Madrid (AFEM) por la correcci?n de errores que se hizo en los pliegos sobre las garant?as exigidas a las empresas.
Concretamente, ese recurso de AFEM se sustentaba en que la correcci?n de los errores en los pliegos de la externalizaci?n de estos centros supon?a una modificaci?n sustancial del proceso, pues se pasaba de exigir a las adjudicataria el 5 por ciento del importe del contrato al 5 por ciento anual. El 30 de abril de 2013 de la Viceconsejer?a de Asistencia Sanitaria habilitaba la externalizaci?n de los hospitales Infanta Sof?a, Infanta Cristina, Infanta Leonor, el Hospital del Sureste, el del Henares y el del Tajo.
En julio, el TSJM suspendi? ya cautelarmente la externalizaci?n a petici?n del PSM aunque posteriormente levant? la paralizaci?n al considerar que los socialistas no ten?an legitimidad para recurrir al no ser "parte interesada" en este proceso.
El 16 de octubre, el entonces presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJM, Gerardo Mart?nez Trist?n acord? la agrupaci?n de todos los recursos presentados sobre la externalizaci?n, argumentando que con ello se evitaban posible contradicciones de las resoluciones por parte de diferentes salas. Luego, el 9 de enero, dicho Pleno se reuni? y acord? devolver a las secciones de origen los recursos planteados.
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